Los camiones deberán llevar un marcado reflectante del contorno del vehículo
En los laterales y en la parte trasera.
Será obligatorio para todos los camiones que se matriculen a partir del 10 de julio y voluntario para los matriculados anteriormente.
El objetivo es incrementar la visibilidad de dichos vehículos en carretera en condiciones de baja visibilidad.
El marcado de contorno de los vehículos pesado (V-23) reduciría en un 30% los accidentes en los que se ven implicados.
Jueves, 9 de junio de 2011
Cada año se producen en España más de 15.000 accidentes con víctimas en los que están implicados vehículos de transporte de mercancías o pasajeros. Por este motivo y teniendo en cuenta que el 90% de la información que se necesita para conducir es visual y que los vehículos de gran tamaño son poco visibles por la noche para el resto de conductores, el Reglamento General de Vehículos incorpora una nueva señal reflectante de marcado de contorno, denominada V-23, que permitirá percibir, en condiciones de baja visibilidad, el perímetro de la parte trasera y lateral de dichos vehículos.
La incorporación de este nuevo dispositivo para los vehículos especialmente voluminosos es el objeto de una campaña divulgativa que, por iniciativa del Comité Nacional de Transporte por Carretera en colaboración con la Dirección General de Transporte Terrestre, del Ministerio de Fomento, y la Dirección General de Tráfico, del Ministerio del Interior, pretende informar y promover la instalación de estos dispositivos que ayudarán a incrementar la seguridad vial.
La nueva normativa fija que los vehículos largos y pesados dedicados al transporte de mercancías que se matriculen a partir del 10 de julio de 2011 deberán llevar un distintivo reflectante homologado del contorno del vehículo, con el objetivo de ayudar al resto de conductores a identificar a esos vehículos, permitiéndoles adecuar su conducción a las circunstancias y proteger a los usuarios que se encuentren en la vía pública. Para los vehículos de transporte pesado, matriculados con anterioridad a dicha fecha, la instalación del distintivo será voluntaria.
Esta nueva señal será obligatoria para vehículos de anchura superior a 2,10m y longitud superior a 6m, entre los que se encuentran las siguientes categorías:
Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas, dedicados al transporte de mercancías, cuya masa máxima sea superior a 7,5 toneladas, con excepción de los chasis cabinas, vehículos incompletos y cabezas tractoras para semirremolques)
Remolques y semirremolques cuya masa máxima es superior a 3,5 toneladas.
No obstante, es recomendable instalar dicho distintivo, de forma voluntaria, en el resto de vehículos de motor con al menos cuatro ruedas, dedicados al transporte de mercancías o personas que tengan más de ocho plazas, sin incluir la del conductor y al resto de remolques y semirremolques con una masa máxima superior a 0,75 toneladas.
La utilización de esta nueva señal tiene como objetivo incrementar la visibilidad del vehículo, cuando es visto desde la parte lateral o trasera del mismo, mediante el reflejo de una luz procedente de una fuente luminosa independiente de dicho vehículo.
¿Cómo colocarlo?
El marcado estará constituido por una franja regular o una serie de franjas de material retrorreflectante colocadas de tal manera, que identifiquen el contorno, o en su defecto, la longitud y anchura total de un vehículo de motor o conjunto de vehículos o sus cargas.
Se realiza con una cinta adhesiva reflectante, homologada y de fácil instalación. La anchura de las franjas será de 50 mm, de color blanco o amarillo, en el caso de las partes laterales del vehículo, o rojo o amarillo en caso de la parte trasera del mismo.
A continuación se muestran algunos ejemplos de dónde deben colocarse los distintivos retrorreflectantes.
En las Naciones Unidas (ONU) se aprobó el Reglamento nº 48, estableciendo las prescripciones técnicas de las bandas reflectantes y su colocación en el contorno de los vehículos dedicados al transporte de mercancías para mejorar su visibilidad.
La Comisión Europea en el año 2007 lo incorpora a la Directiva sobre instalación de dispositivos de alumbrado y señalización de los vehículos a motor y sus remolques.
España lo incluye en su legislación a través de la Orden de Presidencia de 21 de enero de 2010 por la que se modifica el anexo XI del Reglamento General de Vehículos referido a “señales en los vehículos”
Campaña divulgativa: en radio, Internet y medios del sector.
Con el objetivo de dar a conocer esta nueva señalización de contorno en vehículos especialmente voluminosos, desde hoy se inicia una campaña informativa en radio, Internet y en revistas del sector. También se ha editado y producido un folleto y un video informativos.
Durante 10 días, se podrán escuchar dos cuñas radiofónicas, a través de las cuales se solicita la colaboración de los titulares de este tipo de vehículos. El mensaje que se quiere trasladar es que con una medida tan sencilla, como es la señalización reflectante del contorno, se aumenta la visibilidad en carretera de estos vehículos de especial tamaño, lo que incrementa su propia seguridad y la del resto de conductores de vehículos. “Hazte ver, más seguro tú, más seguros todos” es el slogan elegido para esta campaña.
Además de las cuñas, se ha elaborado un video divulgativo en el que se explican las ventajas de esta nueva medida y el beneficio que puede tener en la reducción de la accidentalidad. Dicho video ( YouTube) puede verse en el sitio web de la DGT ; y en las páginas web de las asociaciones del sector.
En prensa, se insertarán varios anuncios en las revistas del sector y se ha editado un folleto informativo con toda la información dirigida a los conductores de este tipo de vehículos.